Prohibidas las multas por radar: el objetivo de evitar abusos y garantizarle los derechos a todos los conductores.
La provincia de Río Negro ha implementado una nueva normativa que prohíbe la emisión de multas de tránsito basadas en la detección por radares. Esta ley, que entró en vigencia recientemente, representa un cambio significativo en la gestión de la seguridad vial, afectando a todos los conductores que transiten por el territorio provincial.
La medida fue aprobada por la legislatura de Río Negro con el objetivo de poner fin a lo que muchos ciudadanos consideraban un sistema injusto y excesivamente punitivo. Según los legisladores que impulsaron la ley, el uso de radares para multar a los automovilistas se había convertido en una fuente de ingresos para algunos municipios, más que en una herramienta efectiva de seguridad vial.
Qué establece la nueva normativa sobre las multas
En detalle, la nueva normativa establece que los radares podrán seguir siendo utilizados únicamente con fines preventivos y de control de tráfico, pero no como base para la emisión de multas. Esto implica que las infracciones detectadas por estos dispositivos no resultarán en sanciones económicas, aunque sí podrán ser registradas para fines estadísticos y de monitoreo.
Las autoridades de tránsito deberán ahora recurrir a métodos alternativos para la fiscalización de infracciones, como la presencia de agentes en puntos críticos o el uso de tecnologías que no impliquen sanciones automáticas.
Muchas personas se quejaban de que las multas recibidas eran injustas, especialmente en casos donde los radares estaban ubicados en zonas de velocidad variable sin una señalización clara. Esta situación generaba confusión y, en muchos casos, resultaba en multas que los conductores consideraban desproporcionadas.
La ley da 90 días de plazo a la Agencia de Seguridad Vial provincial para regularizarlos, es decir, que estén homologados y señalizados.
El juez de Faltas de Tránsito de Río Negro, César Juárez, aclaró que la situación de la ley es efectivamente esta, a partir de un reclamo del presidente del bloque del ARI-Cambiemos en la Legislatura provincial, Javier Acevedo, autor de la ley que ahora comienza a regir.
Cuántas multas perdonarían en Río Negro
Acevedo indicó que le recordó al Juez de Faltas, en su carta, que el 12 de julio se había sancionado la ley en cuestión y la publicación en el Boletín se había efectivizado el 22 de julio, por lo cual, le reclamaba “el efectivo cumplimiento” de la norma, fundamentalmente de su artículo 4.
Ese artículo declara, a partir de la vigencia de la norma, “la nulidad de todas las infracciones labradas” con anterioridad y que “aún no han sido abonadas por los presuntos infractores”.
Se exceptúan aquellas multas “a camiones de carga de arena silicias, con fines de actividad industrial”, y ratifica que en los casos de las multas condonadas, el “juzgado de Faltas competente debe ordenar de oficio su archivo”.
De acuerdo con datos extraoficiales, el número de infracciones provinciales -desde fines del 2021- totaliza unas 450.000 y las abonadas suman solo el 10%. Así, las multas pendientes superan las 400.000 y, directamente, serán anuladas y archivadas.
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